Juan Carlos Rodríguez Ibarra: «Realidad virtual y Constitución»

Cuando hace 36 años los españoles aprobamos la Constitución de 1978, la única realidad que existía era la realidad física, la que se podía tocar, mientras que hoy, la realidad ha cambiado sustancialmente; ya no es sólo física, sino que también es virtual, hasta el punto de que este artículo y todo el periódico que tiene el lector ante sus ojos es pura  virtualidadRodríguez Ibarra

Buena parte de nuestros jóvenes se mueven en esa digitalización como pez en el agua; su mundo es virtual;  ellos no entran en la red porque ellos están y son la web.

Durante toda la semana de celebración del último aniversario de la Constitución se ha hablado mucho de la reforma de dicho texto, especialmente por el PSOE, que cree que el ambiente parece estar propicio para ese posible cambio que ni apoya el PP ni va a tener buena acogida en sectores nacionalista de Euskadi o de Cataluña, donde la reforma federal no vende una escoba.

Y, sin embargo, si en lugar de propugnar una reforma constitucional mirando al espejo retrovisor, se defendiera la incorporación a nuestra Carta Magna de conceptos que no estuvieron recogidos cuando se aprobó el texto en 1978 -porque entonces no existía la realidad virtual-, seguramente quienes defendieran esa reforma estarían conectando con muchísimos ciudadanos que no andan preocupados por la forma de elegir a nuestros presentantes, ni por la definición del Estado, ni por el cierre o no del proceso autonómico, sino que no aciertan a comprender a una sociedad  que los sigue considerando analógicos, cuando ellos se identifican como digitales.

Por eso, resultan tan sorprendentes las declaraciones del presidente del Gobierno y del PP negándose a cualquier modificación de la Constitución Española. Es posible que no hayan caído en que algunos derechos deberían ser ampliados en el texto constitucional. No sé si Rajoy habrá pensado en que el derecho de los alumnos a estar conectados a la red en los centros escolares es fundamental si de verdad aspiramos a ganar el futuro, imaginando e innovando. ¿Creerá el presidente que  la Constitución debería recoger el derecho de todos los ciudadanos españoles a la educación y a la formación en nuevas tecnologías?

El paso del tiempo se ha encargado de hacernos ver que realidad física y realidad virtual conviven y, no sólo conviven, sino que cada vez hay más realidad virtual y menos física. Parece evidente que  el acceso a internet debe también ser considerado un servicio básico. Para esto, lo primero es reconocerlo como derecho y, luego, garantizarlo en la Constitución. No sólo no se reconoce ni se garantiza, sino que las leyes que se están formulando contra lo que se denomina “pirateo”, no son más que intentos de seguir protegiendo un tipo de empresa y de negocio que ha quedado obsoleto como consecuencia de la aparición de las nuevas tecnologías. La criminalización que se pretende contra el usuario de la red exige que la Constitución sea reformada para garantizar derechos nuevos, tales como  el derecho fundamental de acceder libremente a la red, sin ningún tipo de discriminación. La red tiene que ser libre, sin que esa libertad pueda ser restringida por poderes públicos o privados salvo que se atente contra los Derechos Humanos. El hecho de que  el Consejo de Ministros aprobara el pasado día 5 un proyecto de reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal que incluye la posibilidad de permitir 24 horas de escuchas y rastreos por internet sin autorización judicial, indica que este Gobierno no está por la labor de que el ordenador personal y el domicilio electrónico sean inviolables. Cualquier ciudadano que conecte su ordenador debe tener garantizado, por un derecho constitucional, que nadie va a meter sus narices en sus discos duros o va a robarle sus claves secretas de acceso a cualquier dispositivo virtual o red social.

Resulta indiscutible el hecho de que cada uno de nosotros arrastramos una presencia virtual que conforma nuestra personalidad virtual. De la misma manera que la Constitución reconoce y protege nuestra personalidad material, resulta imprescindible que la misma Carta Magna reconozca y proteja esa nueva personalidad, la virtual, que escapa a nuestro control, y que está cargada de información que, convenientemente manipulada puede generar discriminación, salvo que el Estado proteja constitucionalmente el derecho a tener o no tener esa personalidad virtual, lo que conlleva a constitucionalizar, también, el derecho al olvido.

Una Constitución no exige su reforma porque no haya sido votada por los que nacieron unos años antes o años después de su aprobación. Pero si diecinueve millones de españoles están conectados a Internet, y las redes sociales forman parte de la vida de más del 95% de los jóvenes, y en el mundo existen ya casi tantos teléfonos móviles como personas -6.800 millones-, parece elemental reformarla para tener en cuenta esa realidad que no existía cuando se votó. Si así fuera, en el futuro nos ahorraríamos bochornos como el de la nueva Ley de Propiedad Intelectual que, desde el 1 de enero, obligará a los agregadores a pagar a los editores una tasa por cada información indexada y que establece el “derecho irrenunciable” de los editores a recibir una “compensación equitativa” de los agregadores  que reseñan sus contenidos.

Ya veremos cómo se limitará directamente el acceso a la información libre de los ciudadanos, como consecuencia del cierre de esos agregadores. No ganan los analógicos. No pierde Google. Perdemos los ciudadanos.

Leer más:  Realidad virtual y Constitución – Blogs de En Nombre de la Rosa

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