El Tribunal Supremo obliga al Ayuntamiento de Valdefuentes a revisar la modificación del contrato del agua

25 Jun, 2025
El Grupo Municipal Socialista de Valdefuentes, que votó en contra de esta modificación por tratarse de una modificación sustancial del contrato y sin licitación pública, solicitó la revisión de oficio del acuerdo de pleno.

En junio de 2020, el Ayuntamiento de Valdefuentes acordó modificar el contrato de concesión del agua de municipio de Valdefuentes, lo que suponía “variar sustancialmente las condiciones contractuales ya que se amplió el contrato a la misma empresa, de 15 a 40 años, se otorgó a la empresa adjudicataria la posibilidad de cambiar las tarifas de agua y los tramos de consumo y concediendo de manera ‘encubierta’ una obra de más de 1.214.210,16 euros, sin IVA, sin fiscalización del gasto ni aclaración de cómo se iba a financiar, aparte de las posible renuncia al canon por parte del ayuntamiento. Todo ello sin licitación pública que garantizase la concurrencia de empresas”, según explica el portavoz del Grupo Municipal Socialista en Valdefuentes, Rafael Rubio,  que se opuso a la modificación.

Considerando el acuerdo perjudicial para los intereses económicos municipales y de la ciudadanía, por los claros indicios de nulidad, el Grupo Socialista solicitó la revisión de oficio para evitar la vía judicial, pero la mayoría del Grupo Popular votó en contra impidiendo la revisión de oficio, por lo que se impugnó ante los Tribunales, siendo admitido el recurso por el Juzgado de lo contencioso administrativo núm. 1 de Cáceres, aunque después el TSJEx anuló la Sentencia por una supuesta falta de legitimación de los concejales.

Ahora, el Tribunal Supremo ha acordado anular la Sentencia del TSJ de Extremadura y establece, por una parte, que el Ayuntamiento de Valdefuentes debe iniciar el procedimiento de revisión de oficio y por otra, acuerda, como criterio interpretativo, que “el miembro de una corporación local está legitimado como interesado para promover la revisión de oficio de un acto o acuerdo de la corporación local de la que forma parte, siempre que haya votado en contra o no haya podido participar en su adopción”.

Por ello, desde el PSOE de Valdefuentes se muestran satisfechos porque la Sentencia del Tribunal Supremo ha servido, por una parte, para garantizar los derechos de los concejales de la oposición para controlar la legalidad de los acuerdos de los órganos municipales de los Ayuntamientos y, por otra, para garantizar que el Ayuntamiento de Valdefuentes no modifique unilateralmente una concesión administrativa sin ajustarse a los principios de concurrencia pública, cuando se modifican sustancialmente las condiciones de la concesión, con un claro perjuicio para los intereses de la ciudadanía.

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